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miércoles, 28 de noviembre de 2012

Voto delegado

De acuerdo al estatuto 18:
"La representación o delegación de voto será valida para la sesión o convocatoria por la que se expida, siendo nula cualquier delegación o representación indefinida.
 Habrá de hacerse constar por escrito, con indicación de los datos personales y número de socio del delegante y representado, y firmado y rubricado por ambos.
 Ningún socio podrá representar a más de cinco socios en una misma celebración de la Asamblea".

En la sede del AMPA podrán obtener los impresos, para presentarse a directivo o para el voto delegado.