De acuerdo al estatuto 18:
"La representación o delegación de
voto será valida para la sesión o convocatoria por la que se expida,
siendo nula cualquier delegación o representación indefinida.
Habrá
de hacerse constar por escrito, con indicación de los datos personales y
número de socio del delegante y representado, y firmado y rubricado por
ambos.
Ningún socio podrá representar a más de cinco socios en una misma celebración de la Asamblea".
En la sede del AMPA podrán obtener los impresos, para presentarse a directivo o para el voto delegado.
miércoles, 28 de noviembre de 2012
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